CONSUMO DE DROGAS,
“TABLAS”, TRÁFICO Y CLASES SOCIALES
El debate entre los candidatos a
la presidencia de la república el pasado 1 de octubre de 2023, trajo a la mesa
un tema fundamental de salud pública: ¿se criminaliza o no a las personas que
consumen drogas “ilegales”?, a aquellas que probablemente necesitan ayuda
médica y psicológica para tratar un problema de salud.
El candidato Daniel Noboa dijo
tajantemente que, de llegar a la presidencia, “eliminará la tabla de consumo de
drogas”, porque según él, ha promovido el microtráfico y es la causa de varios problemas
entre niños y adolescentes escolares, como el aumento de consumo de drogas e incluso
la actual escalada de violencia en el país.
Y no lo dice sólo Daniel Noboa,
lo dicen en general muchos que coinciden con su enfoque represivo del consumo
de drogas, generalmente gente de derecha y extrema derecha, lamentablemente
incluso profesionales de la salud totalmente desconocedores de la problemática
de drogas y desorientados en el asunto.
Ciertamente que se trata de un
problema complejo que requiere de un enfoque integral y de derechos humanos.
Expertos en el mundo lo han abordado desde diferentes ópticas y en general hay
coincidencia en que el enfoque de “guerra contra las drogas” originado en
Estados Unidos de Norteamérica, que ha incluido la criminalización de
consumidores, no sólo que no ha tenido resultado, sino que ha contribuido a agravar
el problema, a fortalecer a los grupos delictivos que generalmente cuentan con
la complicidad de organismos y personas con poder en los estados. La guerra contra las drogas encuentra guerra como respuesta.
La Oficina del Alto Comisionado
de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (https://www.ohchr.org/es/special-procedures/sr-health/drug-policy-and-drug-use) coincide en que:
La
criminalización del consumo y la posesión de drogas para uso personal ha tenido
consecuencias negativas para la salud, la seguridad y los derechos humanos de
personas y comunidades de todo el mundo. Aleja a los más necesitados de
intervenciones sanitarias vitales o los encarcela, con importantes
consecuencias para la salud pública. La criminalización alimenta las tasas de
encarcelamiento, el hacinamiento en las prisiones y la sobrecarga de los sistemas
de justicia penal, y expone a las personas a un mayor riesgo de detención
arbitraria y de trato inhumano o degradante mientras están encarceladas. Tratar
la posesión de drogas para uso personal como un delito intensifica la
discriminación. Las personas se encuentran en mayor conflicto con la ley, lo
que reduce sus posibilidades de empleo, educación y otras oportunidades de
inclusión social.
Algunos
Estados han adoptado medidas para despenalizar el consumo personal de drogas
como forma de mejorar la seguridad y el bienestar de sus comunidades. (OHCHR)
En el sexagésimo quinto período
de sesiones de la Asamblea General de Naciones Unidas (6 de agosto de 2010), el
informe sobre “Derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible
de salud física y mental”, establece como una de sus recomendaciones “Destipificar
como delito o despenalizar la posesión y el uso de drogas”. Lo cual fue
aprobado por la Asamblea por unanimidad, incluyendo el voto de Ecuador.
La Organización Mundial de la Salud
ha hecho también varias recomendaciones para la despenalización de la portabilidad
y consumo de drogas, incluso en el marco de la prevención de infecciones por
VIH. En el informe del 2014 “La prevención del VIH, el diagnóstico, el tratamiento
y la atención a las poblaciones clave”, la OMS destaca el éxito de Portugal
en la despenalización de la posesión personal de drogas y el tratamiento de su
consumo como problema de salud, en lugar de por la vía penal. De hecho, desde
que en 2001 Lisboa despenalizó el consumo de drogas como la marihuana, la
cocaína o la heroína, el consumo de estupefacientes entre los jóvenes cayó
significativamente, al mismo tiempo que se redujeron las infecciones de sida
por compartir jeringas. (https://idpc.net/es/news/2014/07/la-oms-pide-despenalizar-el-consumo-de-drogas-para-combatir-el-sida).
En base a las recomendaciones de
organismos de NNUU y al artículo 364[1]
de la Constitución:
Art. 364.-
Las adicciones son un problema de salud pública. Al Estado le corresponderá
desarrollar programas coordinados de información, prevención y control del
consumo de alcohol, tabaco y sustancias estupefacientes y psicotrópicas; así
como ofrecer tratamiento y rehabilitación a los consumidores ocasionales, habituales
y problemáticos. En ningún caso se permitirá su criminalización ni se vulnerarán
sus derechos constitucionales.
El Estado
controlará y regulará la publicidad de alcohol y tabaco. (Constitución del
Ecuador, 2008)
El Ecuador logró concretar en el
año 2013 una política, que no era una idea nueva ni del gobierno, sino una aspiración
de equipos técnicos de salud pública y salud mental desde la década de 1990, incluyendo
el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas
(CONSEP). La definición de la política, en la que participaron el CONSEP, el
Ministerio de Salud Pública, académicos y defensores de derechos humanos, de
acuerdo a las recomendaciones de organismos internacionales, se resume en siete
grandes pasos que posicionaron a la política de drogas del Ecuador como
contrahegemónica (https://www.tni.org/es/art%C3%ADculo/nuevas-penas-para-delitos-de-drogas-en-ecuador-duros-contra-los-debiles-y-debiles-contra#sdfootnote14sym):
·
el indulto a las “mulas del narcotráfico”,
·
la prohibición de criminalizar a los
consumidores desde el Art. 364 de la nueva la constitución,
·
la no renovación del Puesto de Operaciones de
Avanzada de los EE.UU. en Manta,
·
la renuncia al ATPDEA,
·
la construcción de umbrales (tablas) para no
criminalizar el consumo de forma fáctica; y,
·
la reducción de las penas a los pequeños
traficantes en el COIP. (Jorge Paladines, 2015)
En cuanto a los umbrales,
popularmente conocidos como tablas y malintencionadamente estigmatizados como “tablas
de drogas que estimulan el consumo y el microtráfico”, en realidad se definió
dos tipos de umbrales. Unos para el máximo que pueden portar los consumidores, por
tipo de drogas, sin ser judicializados.
Otros para establecer claramente
rangos de tráfico y sanciones (COIP 2014): penas de uno a seis meses (mínima
escala); uno a tres años (mediana escala); cinco a siete años (alta escala); y,
de diez a trece años de encarcelamiento (gran escala). Con la disposición de
que para los dos primeros casos no haya prisión preventiva y se imponga medidas
sustitutivas a la cárcel, como brazaletes electrónicos. Es decir una política
menos agresiva y con proporcionalidad al delito, como lo resaltó la
Organización de Estados Americanos en su informe “Alternativas al
encarcelamiento para delitos relacionados con las drogas” (OEA, 2015).
Los umbrales máximos que puede
portar un consumidor en el Ecuador, según la resolución 001 CONSEP CD 2013, son:
Sustancia |
Cantidades (gramos de peso neto) |
Marihuana |
10 |
Pasta base de cocaína |
2 |
Clorhidrato de cocaína |
1 |
Heroína |
0,1 |
MDA-N-etil-a metil-3, 4—metilendioxi-fenetilamina |
0,015 |
MDMA-N-a-dimetil-3,metilendioxi-fenetilamina (Éxtasis) |
0,015 |
Anfetaminas |
0,040 |
Sin embargo, en el “Enlace Ciudadano” del sábado 5 de septiembre de 2015, el ex presidente Rafael Correa, a pretexto de que había crecido el consumo de heroína, dio un paso atrás en la política tan progresista que había implementado el Ecuador. Señaló:
¿Queremos
acabar con la droga entre los jóvenes? Habrá que meter presos a los
microtraficantes... He exigido que haya sanciones más fuertes para los
microtraficantes… He pedido que la tabla (de penas) sea mucha más estricta para
el caso de la 'H', que está destrozando a nuestros jóvenes, y la dosis mínima
sea cero. Y más allá de esa dosis, se vaya (el infractor) más de un año de
cárcel y haya prisión preventiva, para que esa gente no vuelva a las calles a
envenenar a nuestros jóvenes… Vamos a rectificar totalmente esta malhadada,
equivocada tabla (de tráfico), para tener “tolerancia cero” con la heroína
(El Comercio, 05.09.15). https://www.tni.org/es/art%C3%ADculo/nuevas-penas-para-delitos-de-drogas-en-ecuador-duros-contra-los-debiles-y-debiles-contra#sdfootnote14sym
Y ello además fue origen de una
confusión, entre los umbrales para consumo, medida de salud pública (CONSEP) y
los umbrales para diferentes tipos de tráfico (Código Penal). A tal punto que muchas
personas creen se trata de una sola “tabla”. Pero esa confusión no es inocente,
tiene una intencionalidad.
Lo cierto es que, el exabrupto sin
ningún fundamento del ex presidente Correa, estaba ligado a una reforma al Art.
220 del COIP, que aumentó las penas, los traficantes de pequeñas dosis (mínima
escala) nuevamente son sujetos a prisión preventiva y penas de entre uno a tres
años de cárcel; y la mediana escala, de tres a cinco años.
Con ello, las cárceles se
llenaron nuevamente de micro y medianos traficantes, agravando el problema
carcelario y la violencia al interior de los recintos. Luego del COIP 2014, se
había puesto en libertad a 2148 personas que innecesariamente estaban detenidas
según la norma más flexiva.
Pero no contentos con ello, desde
entonces, la ultraderecha ha arremetido con diversos voceros e insistentemente por
derogar los umbrales para los consumidores, lo que sería aún más regresivo. En
enero del 2021, el entonces candidato a presidente, Guillermo Lasso, usaba las
mismas palabras que Daniel Noboa en el debate del 1 de octubre de 2023, para estigmatizar los umbrales.
Los umbrales para portar drogas
para el consumo no son exclusivos del Ecuador, lo tienen países con los más
diversos regímenes políticos, el objetivo siempre es no criminalizar a los
consumidores. En la siguiente tabla el ejemplo de algunos países, según un
reporte del año 2021:
La intención de la derecha de
eliminar los umbrales y de criminalizar a todo consumidor que porte, aunque sea
una mínima cantidad de droga, tiene un claro enfoque de clase y resulta aporofóbico.
Jamás se va a judicializar a un consumidor de clase alta, ellos pueden portar
cualquier cantidad y consumir libremente en sus mansiones y clubs privados; si enferman por causa de las drogas o eventualmente tuvieran algún problema
legal, son rápidamente llevados por sus familias a Estados Unidos o Europa.
Al único que atraparían sería al consumidor
de sectores populares, que generalmente consume en la calle, y al que con mucha
frecuencia se le acusará injustamente de micro traficante. Quien no ha vivido
en un barrio popular no conoce esa realidad.
En las décadas de 1960 y 1970
viví en el barrio de San Juan en Quito, éste, así como otros barrios populares
de Quito, eran considerados como rojos, y en efecto, ya en esa época había un
boom en el consumo de drogas, fundamentalmente marihuana, que sigue siendo el
consuno más alto en el mundo y en el Ecuador. Vi caer presos a muchos de mis
amigos por portar un paquetito de marihuana para su consumo, y fuimos también testigos
de cómo la policía, no detuvo, sino asesinó a otros amigos a los que
consideraba micro traficantes. La verdad es que se trataba de un consumo
solidario más que micro tráfico, algunos muchachos más avezados reunían unos
sucres y se aventuraban a viajar a Colombia para traer un paquete de marihuana
para después compartirlo en el barrio. Algunos jóvenes de barrios “bien”, iban
a San Juan en busca de un paquetito, pero los que se arriesgaban y pagaban las
consecuencias, eran siempre los pobres.
La burguesía tiene una doble
moral en estos temas de las drogas (como en muchos otros). Con toda seguridad el
alcohol y el tabaco, que son también drogas que producen adicción, provocan
mucho más daño que la marihuana, e incluso que otras drogas (aunque hoy hay gravísimos
problemas con drogas sintéticas como el Fentanilo, sobre todo en Europa y
Norteamérica). Sin embargo, como el alcohol y el tabaco son drogas “legales”,
no sólo que no se condena a los grandes empresarios, a las grandes industrias
que los producen, publicitan y comercializan; sino que se les premia, se les
baja impuestos como con el decreto 645 de Lasso, se les permite que interfieran
con sus intereses comerciales en las políticas públicas.
Claro, se trata de negocios de la
gran burguesía, y allí no hay queja de las muertes, enfermedades, discapacidades, daños familiares,
económicos y ambientales. Lo mismo sucede con el gran narcotráfico de drogas “ilegales”
y el lavado del dinero sucio proveniente del narcotráfico y otros tráficos, que
va a parar en los honorables bancos de los paraísos fiscales, en Wall Street y
Suiza. Las víctimas sólo pueden ser las “mulas”, los micro traficantes y los
consumidores pobres que ni siquiera van a la escuela. Como dice Ernesto Samper “duros
contra los débiles y débiles contra los duros”, esa es nuestra sociedad
capitalista de doble moral.
Hugo Noboa Cruz, 3 octubre 2023
[1] El borrador
de este artículo de la Constitución fue redactado en el Consejo Nacional de Salud en el 2008, y consensuado con académicos
y varias organizaciones y activistas sociales. No fue aprobado exactamente en
su texto original, pero conserva el espíritu de no criminalizar el consumo de
drogas.
Comentarios
Publicar un comentario